ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA
MINISTERIO DE TRANSPORTES
OFICINA DEL MINISTRO
WASHINGTON, DC
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Hoja de datos
Medidas tomadas para asegurar que los
nuevos requisitos de seguridad
conserven y respeten los derechos civiles de las
personas con incapacidad
La Ley de Acceso a Empresas de Transporte
Aéreo (ACCA, por sus siglas en inglés) y las normas de implementación del
Departamento de Transporte prohíben el trato discriminatorio a personas con
incapacidad en el transporte aéreo. Desde los secuestros terroristas y los
trágicos sucesos del 11 de septiembre, la Administración de Aviación Federal
(FAA, por sus siglas en inglés) y la Autoridad de Seguridad en el Transporte
(TSA, por sus siglas en inglés) han emitido directrices para fortalecer las
medidas de seguridad en los puntos de verificación de las aerolíneas y los
puntos de inspección de pasajeros. Al asegurar nuestro sistema de transporte
aéreo nacional, donde muchas de los esfuerzos de la FAA y la Autoridad de
Seguridad en el Transporte han estado dirigidos a la
fecha, también se tomaron medidas para asegurar que los nuevos procedimientos
de seguridad conserven y respeten los derechos civiles de los pasajeros con
incapacidades. Esta Hoja de Datos ofrece información acerca de los requisitos
de accesibilidad en el transporte aéreo en vista de las medidas reforzadas de
seguridad, presentando algunos ejemplos de los tipos de atención y servicios
que se deben prestar a los pasajeros con incapacidades. Los ejemplos enumerados
a continuación no incluyen todo y sencillamente tienen como
objetivo, dar respuesta a las preguntas que se hacen frecuentemente desde el 11
de septiembre con respecto a los viajes por avión de las personas con
incapacidad. Esperamos que esta información les sea útil.
Chequeo
Las
empresas de transporte aéreo deben prestar ayuda al embarcarse y al descender
de las aeronaves que los pasajeros con incapacidades solicitan, incluso ayuda
al pasar los puntos de verificación de los inspectores, pero pueden usar su propio
criterio en cuanto a cómo se presta esta ayuda. A las personas que deseen
ayudar a los pasajeros con incapacidades más allá del punto de verificación de
los inspectores se les puede solicitar que se presenten en el mostrador de
chequeo de la aerolínea y que reciban un “pase” que les permita pasar el punto de
verificación de los inspectores sin tener pasaje.
Puntos de verificación de los inspectores
Las
empresas de transporte aéreo deben prestar ayuda al embarcarse y al descender
de la aeronave que ha sido solicitada por pasajeros con incapacidades, incluso
ayuda más allá del punto de verificación, pero pueden usar su propio criterio
en cuanto a cómo se presta esta ayuda. A las personas que deseen ayudar a los
pasajeros con incapacidades más allá del punto de verificación de los
inspectores se les puede solicitar que se presenten en el mostrador de chequeo
de la aerolínea y que reciban un “pase” que les permita pasar el punto de
verificación de los inspectores sin tener pasaje.
Los
pasajeros que ya tienen sus pasajes y que vienen con oxígeno propio para uso en
tierra pueden pasar más allá de los puntos de verificación de los inspectores
con sus contenedores de oxígeno una vez que éstos hayan sido inspeccionados a
fondo. Si hay una solicitud para oxígeno en la puerta de embarque para un
pasajero admisible con incapacidad, se permite el ingreso de proveedores de
oxígeno comercial más allá de los puntos de verificación de los inspectores con
los contenedores de oxígeno una vez que los contenedores hayan sido
inspeccionados a fondo. Pueda que se exija que los proveedores de oxígeno
comercial se presenten en la mesa de chequeo de pasajes de la aerolínea para
conseguir “pases” que les permitan pasar el punto de verificación sin pasajes.
El
límite de una bolsa de mano y un bolsa personal (por ejemplo, cartera o
portafolio) para cada viajero no se aplica a material médico y/o dispositivos
de ayuda (incluidos los animales de servicio y su equipo). Los pasajeros con
incapacidades generalmente pueden llevar equipo médico, medicamentos y
dispositivos de ayuda a bordo de la aeronave.
Todas
las personas a las que se les permita pasar más allá de los puntos de
verificación de los inspectores pueden ser registradas. Normalmente, esto se
hará con el uso de un detector portátil de metales, de ser posible. A los
pasajeros también se les podrá hacer un registro manual por encima de la ropa
durante las inspecciones de seguridad y hay una mayor posibilidad de que eso
suceda cuando el pasajero usa una silla de ruedas y no puede pararse. Las
inspecciones privadas siguen siendo una opción para las personas en sillas de
ruedas.
El
flujo de pasajeros por los puntos de verificación de los inspectores deben
estar controlados para que se permita que un pasajero mantenga contacto visual
con los artículos de su propiedad mientras se le inspecciona.
Los
animales de servicio, una vez inspeccionados para asegurarse de que no haya
artículos prohibidos escondidos, pueden pasar a bordo de la aeronave. Cualquier
equipo (incluidos, sin limitación correas, mochilas o collares) que lleve
puesto el animal deberá inspeccionarse manualmente. De ser necesario, hágale
acordar a los inspectores de seguridad que no se debe quitar las pertenencias
del animal de servicio durante la inspección manual.
Los dispositivos
de ayuda como bastones para caminar, una vez que han sido inspeccionados para
asegurarse de que no hay artículos prohibidos ocultos, son permitidos en la
cabina para pasajeros. Los dispositivos de ayuda como dispositivos para
aumentar la comunicación y los libros de apuntes Braille pasarán por el mismo
tipo de proceso de inspecciones de seguridad que aquel que se usa para las
computadoras personales. Sin embargo, los pasajeros que tienen equipo especial
que no puede pasar por la máquina de rayos-X deben informarle a los inspectores
y pedir una inspección visual/física del equipo. Una pizarra y un estilo se
permiten a bordo de la aeronave luego de la inspección. Sin embargo, puede ser
necesario notificar al inspector de seguridad sobre el uso de la pizarra y del
estilo y que facilita la comunicación del pasajero.
Las
jeringas se permiten a bordo de la aeronave una vez que se ha establecido que
la persona tiene un requerimiento médico documentado para la jeringa. Para
demostrar un requerimiento médico documentado, un pasajero necesita tener
consigo medicamentos que requieran el uso de una aguja o jeringa. El
medicamento debe tener una etiqueta impresa profesionalmente que identifique el
medicamento o el nombre de un fabricante o una etiqueta farmacéutica.
Las
sillas de ruedas personales y las patinetas accionadas con baterías aún se
pueden usar para llegar a las puertas de embarque, luego de que hayan sido
inspeccionadas para asegurarse que no presentan un riesgo de seguridad.
Cualquier mochila de espalda o de lado u otro artículo que se lleva en la silla
de ruedas o debajo de la misma se debe colocar en la faja de rayos-x para su
inspección.
Las
sillas de ruedas personales que son plegables o que se desarman todavía se
permitirá que se guarden a bordo de la aeronave, es decir, en la cabina de
pasajeros de la aeronave que tiene armarios u otras instalaciones que pueden
guardar ese tipo de artículos, salvo cuando el hacer esto no esté de acuerdo
con las normativas del Departamento de Transporte que rige los artículos de
mano y/o el transporte de materiales peligrosos.
Las
empresas de transporte aéreo deben devolver las sillas de ruedas y otros
dispositivos de ayuda a los pasajeros con incapacidades lo más cerca posible a
la puerta de la aeronave, cuando lo soliciten. Los pasajeros con incapacidades
pueden ayudar chequeando los dispositivos de ayuda y/o las sillas de rueda en
la puerta de embarque en vez de hacerlo en el mostrador de boletos. Si un
dispositivo de ayuda o una silla de ruedas se chequea en la puerta de embarque,
ya tendría que haber pasado por seguridad y puede traerse directamente a la
aeronave. Si un dispositivo de ayuda o una silla de rueda se registra en el
mostrador de boletos, tendría que inspeccionarse antes de que se pueda traer la
silla al pasajero en la puerta de llegada.
Las
empresas de transporte deben asegurar que las personas admisibles con
incapacidad, incluidas aquellas con incapacidades visuales o auditivas, tengan
acceso oportuno a la información (como las nuevas medidas de seguridad) que las
empresas de transporte ofrecen a otros pasajeros. Por ejemplo, en los vuelos al
Aeropuerto Reagan Washington National, a las personas se les advierte
verbalmente que usen los baños más de media hora antes de la llegada ya que
después de ese momento, se requiere que los pasajeros se queden en sus
asientos. Esto se puede lograr a través del uso del personal de la empresa de
transporte o formatos alternativos, tales como mensajes visuales.
Como presentar una queja
Los miembros del público que consideren
que han sido sometidos a medidas o trato discriminatorio por parte de las
empresas de transporte aéreo pueden presentar una queja enviando un mensaje de
correo electrónico, una carta o un formulario de queja completo al Departamento
de Protección al Consumidor de Aviación (ACPD, por sus siglas en inglés). La
dirección electrónica del Departamento de Protección al Consumidor de Aviación
es airconsumer@ost.dot.gov y su dirección postal
es: Aviation Consumer Protection Division, U.S. Department of Transportation,
Room 4107, C-75, Washington, DC 20590. Los formularios para quejas que los
consumidores pueden bajar y/o imprimir se encuentran en la siguiente dirección:
http://airconsumer.ost.dot.gov/forms.htm.
Emitido el 29/10/01 y
revisado el 06/12/01 y el 27/06/02 por la Oficina del Director Jurídico
Asistente para el Cumplimiento y para Procesos de Aviación y su Departamento de
Protección al Consumidor de Aviación.